San Diego, California, 14 de agosto 2023 – El martes 15 de agosto es el último día para emitir su voto en la elección primaria especial para el Cuarto Distrito de Supervisión.
Los votantes elegibles pueden votar temprano de 8 am a 5 pm el lunes 14 de agosto en cualquiera de los siete centros de votación o 29 urnas oficiales en todo el distrito.
El último día de la votación, el 15 de agosto, se abrirá la oficina del Registro y siete centros de votación adicionales para un total de 14 centros de votación. Todo estará abierto de 7 am a 8 pm Cualquier votante que esté en la fila en un centro de votación o en un buzón oficial de entrega de boletas a las 8 pm podrá votar. Sin embargo, nadie puede unirse a la fila después de la fecha límite de las 8:00 p. m.
La persona elegida ocupará el puesto vacante del Distrito 4 por el resto del mandato actual que finaliza en enero de 2027. Si ningún candidato recibe una mayoría de votos en las elecciones del 15 de agosto, se llevará a cabo una elección general especial el 7 de noviembre.
Solo aquellos que viven en el distrito pueden votar en la elección. Si no está registrado para votar y quiere participar en la elección, puede visitar cualquier centro de votación para registrarse condicionalmente y votar provisionalmente hasta el 15 de agosto.
Una vez que se procesa el registro de votantes y la oficina de registro confirma que el votante no votó en otro lugar del distrito, el registro de votantes se activa y se cuenta la boleta provisional.
Los centros de votación reemplazan los lugares de votación y brindan estos servicios:
- Vote en persona o entregue una boleta por correo
- Votar usando un dispositivo de marcado de boletas accesible
- Reciba asistencia y materiales de votación en varios idiomas
- Regístrese para votar o actualice su registro de votante y vote el mismo día
Recuerde que no se permiten las campañas ni las campañas electorales dentro de los 100 pies de un centro de votación o una urna oficial. Esto incluye la exhibición visible o la difusión audible de información que abogue a favor o en contra de cualquier candidato en la boleta electoral. Además, una persona no puede hacer circular ninguna petición, incluso para iniciativas, referéndums, destitución o nominaciones de candidatos.